
¿Cómo se puede conseguir la pensión compensatoria?
Nuestros abogados de divorcios han conseguido un gran número de pensiones compensatorias, que se contemplan en caso de separación o divorcio y donde no se mira solo que los dos cónyuges trabajen para que no haya derecho a una pensión compensatoria, sino que hay que analizar la situación particular en la que quedan ambos tras el divorcio.
Lo mejor es pedir una consulta con uno de nuestros abogados de familia y exponer su caso particular. A partir de ahí puede decidir si continuar o no en la consecución de la pensión compensatoria que le corresponda.
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Requisitos para obtener una pensión compensatoria.
Son necesarios unos requisitos mínimos para su concesión en los Juzgados dedicados a este tipo de asuntos relacionados con divorcios con hijos. Es necesario que exista el matrimonio previamente y una petición en la demanda de separación o divorcio. Todo dependerá para la obtención de una pensión compensatoria, del régimen de gananciales separación de bienes o régimen legal de participación, Ahora surge una pregunta típica ¿se puede dar pensión compensatoria en el caso de tratarse de una pareja de hecho?. La respuesta es que no. Se puede pedir una indemnización, pero nunca una pensión compensatoria. Tiene que existir un desequilibrio económico entre los cónyuges apreciable para que se valore su concesión y el divorcio o separación debe producir, en el otro cónyuge, una situación de desequilibrio económico visible por el juez para que la conceda.
¿Cuando se debe pedir una pensión compensatoria?
Se debe pedir en la demanda de divorcio cuando se haga. Si no se pide aquí, una vez haya sido dictada la demanda ya no se podrá pedirla otra vez. Si dejamos pasar mucho tiempo sin pedirla luego va a ser muy difícil obtenerla. Cuanto mayor duración haya tenido el matrimonio, mayores posibilidades existiran de conseguir una pensión compensatoria.
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